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18 sept 2008

POYALES Y ARENAS - Fuegos Intencionados

Incendios intencionados en Arenas, Poyales y Arévalo
Ávila Digital

Dos incendios intencionados se produjeron este martes por la noche en Arenas de San Pedro y Poyales del Hoyo, donde ya se han registrado numerosos fuegos provocados durante el verano.
A las 21,55 horas se declaró un incendio en Poyales que fue extinguido a las 23,50 horas con la intervención de dos cuadrillas de tierra, una autobomba y dos agentes medioambientales, tras arrasar 7.000 metros cuadrados de pasto, según fuentes del Servicio Territorial de Medio Ambiente.
Tan sólo diez minutos después se produjo otro fuego, también de carácter intencionado, en Arenas. Se dio por extinguido a las 0,42 horas con 100 metros cuadrados de pasto quemados, y en las tareas de extinción participaron dos cuadrillas, una autobomba y dos agentes medioambientales.
Por otra parte, en Arévalo se registró también un incendio intencionado a las nueve de la noche que fue apagado en poco más de media hora y que calcinó 200 metros cuadrados de pasto.

Espero que esta lacra termine y los desarmados que los provocan pasen por los juzgados.
¡¡¡¡NUNCA MAS MUERTE Y CENIZA SOBRE EL CAMPO!!!!!

13 ago 2008

LA NOCHE DE LOS TRES TREINTA

Un pirómano ha intentado más de 20 veces desde abril provocar un incendio
Un hombre espera la noche perfecta: 30 grados de temperatura, 30 grados de humedad y vientos de al menos de 30 km/h. Conoce las frecuencias de la Guardia Civil, obligada ahora a hablar por móvil
Javier Brandoli-Madrid- LA RAZON DIGITAL

Lleva meses intentando convertir en humo sus sueños.
Se mueve con sigilo y controla los movimientos de los que intentan «cazarlo».La amenaza espera, con calma, a que el clima le brinde la oportunidad de volver a prender la mecha. El monte es su presa, el resto sus enemigos.
La Guardia Civil y los forestales llevan semanas esperando su próximo intento. Cercando a su entorno -sospechan que conoce perfectamente sus pasos y que es vecino de la zona-.
El pirómano, mientras, aguarda a los tres treintas: más de 30 kilómetros por hora de velocidad del viento; más de 30 grados de temperatura y menos de 30 grados de humedad. Cuando eso pase, la naturaleza de los alrededores de Arenas de San Pedro, en Ávila, correrá peligro.
«El pasado 4 de abril, a las 02:00 horas, «P», que así llamaremos al pirómano, comenzó su macabro reto con el monte. Entonces, más de 100 hectáreas ardieron, pero los que allí trabajaron se sorprendieron «de la virulencia y velocidad con la que se propagaron las llamas». Uno de los guardas forestales de la zona explica lo que allí se encontró: «Prendió seis focos distintos y, por un momento, pensamos que el fuego se nos iba de las manos». Desde entonces, «P» ha esperado a que el calor le permitiera contemplar, esta vez sí, el resultado de su obra perfecta. Cerco a «P» Más de veinte incendios se han producido desde principios de julio en el área entre Arenas de San Pedro y Candeleda. El 24 y 31 de julio hizo intentos más importantes, pero el goteo de llamas en el monte es constante. «Yo creo que va a pasar algo gordo y grave, sólo está esperando a los tres treintas», predice un forestal que lleva más de tres décadas de oficio en la zona. «Él lo va a volver a intentar», concluye. En todos los casos ocurridos desde el mes de abril, la investigación ha concluido que se trataba de incendios intencionados. Todos le esperan, y para ello se han preparado dispositivos especiales de vigilancia. «Creemos que nos tiene controlados, que conoce nuestros movimientos», explican los forestales. Este hecho ha provocado que se cambien las comunicaciones: «Ya no hablamos por la emisora, nos comunicamos con nuestros teléfonos móviles». No es un caso extraño en este tipo de situaciones, «los pirómanos suelen conocer la frecuencia de estas emisoras. En ocasiones, incluso, las roban con anterioridad». Además, «P» conoce a la perfección los caminos rurales. «Creemos que es alguien de aquí, que conoce bien estos montes». Detener a alguien así es una misión casi imposible. «¿Cómo pillas a una persona que se mueve por la noche en un coche tirando algodones prendidos por la ventana?», se lamenta el guarda forestal. No es el primer caso de un pirómano al que se enfrentan en Arenas de San Pedro. «En 1985 sucedió lo mismo. Estuve a punto de coger al pirómano en plena acción. Paré el coche frente a él y le di las largas. Cuando fui a cogerle se subió a su coche y salió huyendo. Era un Renault 5 rojo, pero la matrícula era falsa», recuerda el guarda. Entonces, eran años de especulación y madera pero, ahora, parece que «P» no tiene más motivo que el placer de hacer ceniza la montaña. «Aquí hay algún conflicto por el desdoblamiento de la carretera AV924, pero yo creo que en este caso no hay intereses económicos».
Mientras, los guardas forestales cambian las rutas, vigilan a diferentes horas y, al menos, se preparan para estar diligentes cuando prenda el bosque. La Guardia Civil también está tras los pasos de «P». «Hay incremento de efectivos en la zona», explica el portavoz de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, Juan Antonio Delgado.
Todos esperan el próximo movimiento de «P» para detenerle, una pista, un descuido.
El monte, mientras, aguanta sus embestidas.


"NUNCA MAS MUERTE Y CENIZA EN NUESTROS CAMPOS"

7 abr 2008

NUNCA MUERTE Y CENIZA SOBRE EL CAMPO

El sábado 6 de Abril, mientras aún quedaban brasas y cenizas en nuestros campos, el Grupo Manantial Folk ofrecía un concierto en el Teatro Buero Vallejo de Alcorcón. Además de divulgar nuestro rico folclore y dar a conocer nuestra cultura, hiceron un claro alegato contra la lacra que suponen los incendios forestales y para una mayor sensibilización del público cantaron este poema de Jose Maria Muñoz Quirós. Esta es la canción en directo interpretada este día.

Poema de Jose Maria Muñoz Quirós,
adaptado y cantado por MANANTIAL FOLK.
Fotografías: Teresa Martín Garcia
EL BOSQUE
Los arboles desnudan la mañana
de pájaros y sombras en verano.
La luz camina suave por sus ramas
y el sol se duerme siempre en lo más alto.
Espera un florecer que se hace calma
de primavera azul y viento claro.
La vida que retorna y que te abraza
en su reino de sueño inacabado.
Bosque, en otoño el oro se derrama
sobre el tímido aliento de sus brazos
Fué muriendo la luz mientras callaba
el alto paraiso de los pájaros.
Retama del invierno, noche y agua
gris en la soledad, sol apagado,
el frío, el viento y la dormida savia
dentro del corazón de cada árbol.
Nunca muera la vida, nunca vayas
cesando de nacer, nunca abrasado
sientas tu voz de brisa que no calla.
NUNCA MUERTE Y CENIZA
SOBRE EL CAMPO

6 abr 2008

LEGISLACION SOBRE INCENDIOS

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
CAPÍTULO II.DE LOS INCENDIOS.
SECCIÓN 1. DE LOS DELITOS DE INCENDIO.
Artículo 351.
Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.
Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código.
SECCIÓN 2. DE LOS INCENDIOS FORESTALES.
Artículo 352.
Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses.
Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses.
Artículo 353.
1. Las penas señaladas en el artículo anterior se impondrán en su mitad superior cuando el incendio alcance especial gravedad, atendida la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes:
Que afecte a una superficie de considerable importancia.
Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos.
Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido.
En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados.
2. También se impondrán dichas penas en su mitad superior cuando el autor actúe para obtener un beneficio económico con los efectos derivados del incendio.
Artículo 354.
1. El que prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses.
2. La conducta prevista en el apartado anterior quedará exenta de pena si el incendio no se propaga por la acción voluntaria y positiva de su autor.
Artículo 355.
En todos los casos previstos en esta sección, los Jueces o Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta treinta años. Igualmente podrán acordar que se limiten o supriman los usos que se vinieran llevando a cabo en las zonas afectadas por el incendio, así como la intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio.
SECCIÓN 3. DE LOS INCENDIOS EN ZONAS NO FORESTALES.
Artículo 356.
El que incendiare zonas de vegetación no forestales perjudicando gravemente el medio natural, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.
SECCIÓN 4. DE LOS INCENDIOS EN BIENES PROPIOS.
Artículo 357.
El incendiario de bienes propios será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años si tuviere propósito de defraudar o perjudicar a terceros, hubiere causado defraudación o perjuicio, existiere peligro de propagación a edificio, arbolado o plantío ajeno o hubiere perjudicado gravemente las condiciones de la vida silvestre, los bosques o los espacios naturales.
SECCIÓN 5. DISPOSICIÓN COMÚN.
Artículo 358.
El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las secciones anteriores, será castigado con la pena inferior en grado, a las respectivamente previstas para cada supuesto.

Y según el INFOCAL (Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales de Castilla y Leon, acuerdo de 11 de Julio de 1996) en su articulado dice:
9.- OPERATIVIDAD
La operatividad es el conjunto de acciones aplicadas en tiempo y lugar oportuno para la consecución de los objetivos del Plan.
9.1.- Detección, notificación y alarma
Cualquier persona que advierta la existencia o iniciación de un incendio forestal deberá intentar su extinción con la máxima urgencia, si lo permitiese la distancia al fuego y su intensidad; caso contrario , está obligado a comunicarlo al Centro Provincial de Mando (CPM), bien directamente o a través de los Agentes Forestales, Ayuntamiento, Parque de Bomberos, Guardia Civil o Agente de la Autoridad más próximo, o bien a través del teléfono de emergencias.
El CPM lo comunica inmediatamente al Ayuntamiento o Ayuntamientos afectados y al Jefe de Extinción, éste moviliza rápidamente a las Cuadrillas-retén más próximas, el CPM también lo comunica al C.O.S. de la Guarda Civil. Si es necesario desde el CPM se solicita la actuación de medios aéreos, ambulancias u otro tipo de apoyos. Cuando sea previsible la utilización de medios no asignados a la provincia deberá comunicarlo al Centro Autonómico de Mando (CAM).

5 abr 2008

¡¡¡ FUEGO !!! ¡¡¡ TERRORISMO !!!

Hace unos días leía con impotencia cómo una actitud negligente durante una actividad agrícola, era la causa de un incendio en la zona de Arbillas, hoy no sólo siento impotencia sino también indignación. Porque hoy no ha sido un accidente o una negligencia, sino un acto terrorista premeditado y provocado.
Hoy se han producido una cadena de fuegos provocados que han arrasado según las noticias de TV unas 150 Ha. Se han provocado hasta 8 focos de fuego en diferentes horas y en lugares tan dispares como El Raso, Chilla, Las Herrezuelas o Arbillas, lo que supone una preparación y una intención cierta de hacer mucho daño. Parece ser que la parte más dañada ha sido la que va desde el Puente de Arbillas y las Cantinas hasta el repetidor de Radio Tietar y el Mirador de Arbillas.
(Fotografía de la zona destruida. Estos pinos han sido carbonizados.
Fotografía: Miguel Camacho "Joyanco")
Cuando un monte se quema no sólo se destruye una masa forestal, se mata infinidad de animales y se destruye su ecosistema, sino que además se pone en riesgo las vidas de muchas personas y se destruyen empleos y recursos naturales, en muchos casos imprescindibles para la supervivencia de nuestros pueblos. Recursos como la agricultura, la ganadería y el turismo se ven seriamente amenazados.
Si terrorismo es un acto que produce terror, ¿porqué provocar intencionadamente un fuego no está contemplado como acto terrorista? ¿El fuego en el monte no produce pánico, terror o pavor? Esperemos que la Guardia Civil y la Justicia actuen con celeridad y rigor para detener a los culpables y aplicarles las penas más severas que contemple la ley.
Mi reconocimiento y mi gratitud mas sincera a todos los profesionales y voluntarios que aún con riesgo de sus vidas han estado trabajando durante horas hasta sofocar y controlar tantos focos de fuego.
Dentro de unos días cuando tenga información más detallada o alguna fotografía los publicaremos. Miguel Camacho otra zona posiblemente castigada por el fuego